
Hay que suprimir las licencias de obra
Pues eso. No puede ser que un ciudadano tenga que esperar un año, en el mejor de los casos, para poder obtener la autorización de la administración, no ya solo para edificar su vivienda, sino también poder ampliar un porche, cambiar la cubierta, construir una piscina y otras tantas intervenciones sujetas hoy día al título habilitante de licencia urbanística.
No, no se puede seguir así. La reciente encuesta publicada por el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares acerca de los retrasos en dicha concesión es una muestra de ello.
La casuística de perjudicados es enorme: personas que se han visto obligadas a pagar a hacienda por los ingresos obtenidos de la venta de su vivienda anterior, esperando poder construir la nueva, y la demora de la licencia no les ha permitido la exención tributaria; promotores que han desistido de realizar la inversión, cansados de la espera, y se han ido con el dinero a otra parte; parejas jóvenes malgastando un alquiler temporal meses y meses, a la espera de poder iniciar las obras de la casa de los sueños; ampliaciones de centros docentes que no llegarán a tiempo para esas nuevas aulas tan necesarias en el inicio del próximo curso y negocios de todo tipo y colores que ven como la espera se convierte en pérdidas, ya que el tiempo es dinero, aunque algunos se empeñen en no verlo.
Se han esgrimido principalmente dos causas para justificar el retraso: la falta de personal, agraviada con las restricciones de nueva contratación en la administración pública, y el incremento de expedientes en estos últimos años. No les quito razón.
Ambas son ciertas, pero veo difícil que pueda solucionarse a corto y medio plazo, ya sea mediante convocatoria de oferta pública de empleo o bien que se produjera una supuesta disminución en la solicitud de licencias por causas externas.
La Ley autonómica de ordenación y uso del suelo de 2014 introdujo la figura de la comunicación previa (en el que el solicitante comunica el inicio de las obras sin necesidad de autorización previa expresa de la administración) en algunos supuestos: obras de técnica sencilla y aquellas obras que no necesitan proyecto según la LOE. La LUIB de 2017, que derogó la LOUS de 2014, no introdujo apenas ninguna variación en dicha materia, por lo que hoy en día seguimos teniendo esta dualidad: obras que van por la vía de la comunicación previa y obras que requieren autorización expresa de la administración, y por tanto van vía licencia urbanística.
Pues bien, ¿por qué no ir un paso más allá? ¿por qué no podemos suprimir esta dualidad y que toda actuación se pueda iniciar con una comunicación previa? Evidentemente, acompañada del proyecto y documentación técnica si así lo exige la LOE y con una declaración responsable del promotor. De esta forma la actuación de la administración es a posteriori, en la comprobación de la documentación y cumplimiento de normativa, con las actuaciones que se consideren convenientes para poder paralizar los trabajos en caso de incumplimiento.
La responsabilidad recae mucho más en el promotor y en los técnicos redactores, que se cuidarán bien de cumplir con lo exigido por la normativa, ya que en caso contrario puede suponer elevados costes en sanciones por infracciones urbanísticas.
La comunicación previa para todo tipo de actuaciones permitiría el inicio inmediato de los trabajos, ahorrando tiempo y dinero, y eliminando una variable muy peligrosa: la incertidumbre.
Puede parecer una solución drástica, pero estoy seguro de que la acabaremos viendo. Tiempo al tiempo.